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Los empresarios llegan en desventaja a la pelea contra la ley de facturas falsas

24 Oct

Los empresarios llegan en desventaja a la pelea contra la ley de facturas falsas

Los contribuyentes que decidan subirse al cuadrilátero legal para luchar contra la ley que equipara la defraudación fiscal con la delincuencia organizada no la tendrán fácil: En su contra, pesa la historia reciente de estos litigios que apunta a un marcador más a favor de victorias para la autoridad que para los contribuyentes, advirtieron especialistas en derecho fiscal.

 

“Es difícil hablar de porcentajes. Lo que podría decir es que en los últimos años la autoridad ha tenido más éxito defendiendo la constitucionalidad de las leyes”, dijo Max Deiner, procurador fiscal federal entre 2015-2018 y actualmente profesor del Tecnológico de Monterrey.

 

Incluso las lluvias de amparos contra reforma fiscales ha ido en aumento pero los contribuyentes inconformes difícilmente ganan.

 

“En la última década se han ido incrementando cada vez más los amparos en contra las reformas fiscales, sin embargo la estadística del Poder Judicial de la Federación muestra que rara vez se llegan a ganar los juicios por parte de los gobernados”, coincide Carlos Alberto Rosas, especialista en derecho constitucional y catedrático de la Universidad La Salle

 

El marcador a favor de la autoridad por encima de los contribuyentes se debe a que cada vez las leyes se hacen de manera que dejan poco espacio para las impugnaciones.

 

Otra explicación es que en materia fiscal, una reforma se enfoca en mejorar la recaudación que se usa para el gasto que es para que funcione el gobierno y atienda a la sociedad, es decir, el orden público, ampararse sería ir contra eso, de ahí la dificultad de ganar un amparo.

 

El pasado 15 de octubre, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) anunció que tras la aprobación de una reforma que equipara la emisión de facturas falsas con delincuencia organizada será cuestionada por su inconstitucionalidad.

 

“Esta reforma será cuestionada al pretender que la defraudación fiscal o la defraudación fiscal equiparada se consideren delitos que atentan contra la seguridad nacional, cosa que no compartimos”, dijo Reginaldo Esther Félix, presidente de la comisión nacional fiscal de la Coparmex.

 

“Todos los particulares que vayan en juicio de amparo en contra de una reforma fiscal es complicado poder ganarlo porque el principio básico sería que un particular se quiere amparar en contra de un mecanismo de recaudación del Estado para el beneficio de toda la sociedad, eso es lo complicado en juicios de amparo en materia fiscal”, explicó el académico Carlos Alberto Rosas.

 

No, no todo está perdido. La clave estará en qué impugnan y cómo lo hacen, dicen los especialistas.

 

Lo que se ha cuestionado es que la reforma vulnerará la seguridad jurídica de los contribuyentes. El derecho indica que hay incertidumbre jurídica cuando no hay claridad en los procedimientos y modos de prueba para demostrar que se está en el supuesto de una ley, explica Rosas. Esa puede ser una vía para la impugnación que tiene más oportunidad de dar batalla que si se va contra la ley y su fin recaudatorio.

 

“Aquí estamos hablando de un aspecto de derecho humanos, más bien el enfoque es por ese lado, es una cuestión muy delicada, está vinculada con un tema fiscal pero que esté de por medio un asunto más de proporcionalidad en materia penal, yo creo que por ahí va un poco el enfoque y tiene una gran relevancia para la seguridad jurídica de las personas, son lo que tendría que evaluar la Suprema Corte”, dice Deiner.

 

Las armas legales para cuestionar la implementación de esta ley son dos: la acción de inconstitucionalidad y el amparo, de acuerdo con los expertos y el propio planteamiento de los inconformes.

 

Los especialistas advierten que ambos caminos llevan tiempo y recursos y que la estrategia a seguir en el proceso debe ser muy precisa para lograr un resultado a favor.

 

La campanilla para iniciar esta lucha será cuando la ley sea publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pues a partir de ese momento se podrán interponer los recursos legales y comenzar la batalla, que a decir de los especialistas debería obtener un resultado antes de que acabe 2019, debido al ciclo fiscal.

 

La inconstitucionalidad

 

Más que ser ejercido por los contribuyentes, este recurso legal está diseñado para que sean los legisladores o en su caso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) quienes hagan uso de éste.

 

“El que sí puede hacer ese cuestionamiento con toda claridad es el Congreso (…) ahí sí la constitucionalidad de una ley y eso mismo puede hacer la CNDH”, dice Max Deiner.

 

La acción de inconstitucionalidad se tramita ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para denunciar una posible contradicción entre la Constitución y una ley de menor jerarquía y preservar la Carta Magna por encima de cualquier ordenamiento legal.

 

Si el fallo de la Corte es a favor de quienes la tramita la ley y declara que ésta es contraria a la Constitución, ya no podrá tener vigencia esa parte cuestionada de la ley ni aplicarse al quejoso.

 

Los senadores del PAN, PRI, Movimiento Ciudadano y PRD declararon por separado en septiembre que buscarían interponer una acción de inconstitucionalidad por considerar un exceso esa equiparación de este delito fiscal con la delincuencia organizada y la sanción de prisión preventiva.

 

Este camino requiere que un tercio o el 33% de los legisladores de la Cámara estén de acuerdo en promover el recurso legal.

 

La cascada de amparos

 

El amparo será el recurso que el sector patronal de los empresarios utilizará, pero aquí es donde la historia no le favorece y el camino es complejo.”Sí es un tema muy técnico y yo pensaría que evidentemente habrá muchas y distintas iniciativas y acciones de impugnación, pero todas tienen sus situaciones muy técnicas(…) tampoco me atrevo a decir que es un camino fácil”, señaló Max Deiner. Los amparos pueden comenzar a llover una vez que la ley se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

 

A partir de ese momento, se puede interponer un tipo de amparo: el indirecto autoaplicativo. Ese amparo consiste en que una persona o empresa considere que con la promulgación de la ley cuestionada alguno de sus derechos fundamentales es vulnerado o contrario a la Constitución. La autoridad puede argumentar que si la ley no se le está aplicando a ese inconforme no hay forma de agravio o vulneración. Se interpone antes de que el quejoso esté en una problemática.

 

“No es un tema fácil (…) Dependerá mucho de cómo se argumente el amparo para que verdaderamente se le dé la procedencia. Es algo que probablemente muchos de esos amparos, si es que se presentan, no van a prosperar y probablemente alguno muy bien planteado pudiera llegar a prosperar, (…) es una vía que podría ensayarse”, dice el exprocurador fiscal.

 

Los amparos pueden ser interpuestos por los contribuyentes en lo individual o pueden hacerlo en conjunto. Aunque los efectos del amparo, en caso de ganarlo, sólo aplicarán para quien lo solicitó.Para que tuvieran efecto generalizado, tendrían que haber muchos fallos a favor de los contribuyentes pero eso tomaría tiempo.

 

Pero Carlos Rosas, académico de La Salle, dijo que no hay tal posibilidad pues en materia fiscal y administrativa no existe esa vía para que con muchos fallos en un mismo sentido se vuelva algo generalizado.”En materia fiscal no tenemos esa figura de la inconstitucionalidad genérica sino en este caso tienen que promover todo contribuyente (…) su juicio de amparo”, dice Rosas.Si no ganan, los inconformes tendrán que enfrentar el proceso y en su caso las sanciones a las que se hagan acreedores.

 

Fuente: expansión